Information for Migrant and Seasonal Farmworkers - Spanish
Nebraska Migrant Action Coalition
UNA GUÍA DE SUS DERECHOS RELACIONADOS
CON LA LEY E INFORMACIÓN ÚTIL.
INFORMACIÓN PARA TRABAJADORES EMIGRANTES
Y TRABAJADORES AGRÍCOLAS DE TEMPORADA
Reimprimido Julio del 2011
SABER ES PODER
Para mas información acerca de Legal Aid of Nebraska
o para solicitar servicios legales, por favor llame a
AccessLine® 1-877-250-2016
Para Español - Marque #2
Lunes - Jueves 9 a.m. - 3 p.m.
Viernes 9 a.m. - 11 a.m. CST
ElderAccessLine® personas mayores de 60 años 1-800-527-7249
Lunes - Jueves 9 a.m. to 12 p.m. & 1 p.m. to 3 p.m.
Viernes 9 a.m. to 12 p.m. CST
Native American Accessline® 1-800-729-9908 para Nativo Americanos
Rural Response Hotline 1-800-464-0258 para Granjeros
OMAHA
1904 Farnam St., Ste. 500
Omaha, NE 68102
(402) 348-1069
NORTH PLATTE
102 East 3rd St., Ste. 102
North Platte, NE 69101
(308) 532-5793
BANCROFT
P.O. Box 325, 415 Main
Bancroft, NE 68004
(402) 648-3457
LINCOLN
941 O. Street, Ste. 825
Lincoln, NE 68508
(402) 435-2161
GRAND ISLAND
207 West 3rd Street
P.O. Box 1078
Grand Island, NE 68802-1078
(308) 381-0517
SCOTTSBLUFF
1423 1st Ave,
Scottsbluff, NE 69361
(308) 632-4734
NORFOLK
214 North 7th St., Ste. 10
Norfolk, NE 68701
(402) 644-4761
LEXINGTON
1001 North Washington
Lexington, NE 68850
(Abierto cada otro Jueves Dentro del
Centro de Papas y Hijos)
(402) 644-4761
ADVERTENCIA IMPORTANTE
El uso de este folleto informativo no será considerado y no creara una relación de abogado y cliente entre usted y los abogados de Legal Aid of Nebraska (Los Servicios Legales de Nebraska). La información proveída a usted a través de este folleto será usada solamente para un propósito educativo. Nada en este folleto será considerado consejos legales ni será considerado un substituto para consejos legales.
Por favor entienda que la información contenida en este folleto esta basada generalmente en leyes estatales de Nebraska y leyes federales. Algunas leyes varían dependiendo en el condado de Nebraska donde usted viva y en los temas específicos de su caso. Si usted quiere consejos legales sobre su caso, tiene que consultar con un abogado de su área.
NEMAC & EL 2010
LEGAL AID OF NEBRASKA
(LOS SERVICIOS LEGALES DE NEBRASKA)
MIGRANT FARMWORKER PROGRAM
(PROGRAMA DE TRABAJADORES MIGRATORIOS)
Nebraska Migrant Action Coalition (NEMAC) es un esfuerzo de colaboración de socios incluyendo Legal Aid of Nebraska (Los Servicios Legales de Nebraska), Creighton University Office of Multicultural Affairs (La Universidad de Creighton - La Oficina de Asuntos Multiculturales), NAF: Multicultural Human Development Corporation (NAF: La Corporación de Desarrollo Humano y Multicultural), Nebraska Department of Labor (El Departamento de Labor de Nebraska), y de otros participantes interesados. Juntas, estas entidades se han dedicado a mejorar el nivel de educación y participación en comunidades migratorias. Los voluntarios de NEMAC, la mayoría son estudiantes universitarios, estarán en comunidades rurales, migratorias, y granjeras para presentar temas educativos y participar en las comunidades.
Los voluntarios de NEMAC tienen que asistir a un entrenamiento obligatorio, no reciben pago, y no son empleados por las organizaciones las cuales son miembros del esfuerzo de colaboración.
Notas de Producción
Este folleto fue producido por el Migrant Worker Project (El Proyecto de Trabajadores Migratorios) de Legal Aid of Nebraska (Los Servicios Legales de Nebraska), una agencia privada, no lucrativa. Cualquier pregunta sobre los contenidos del folleto serán dirigidas a Legal Aid of Nebraska (Los Servicios Legales de Nebraska).
La producción de este folleto fue posible por una concesión de Legal Services Corporation (La Corporación de Servicios Legales).
REFERENCIA RÁPIDA
Legal Aid of Nebraska 1-877-250-2016
NAF 1-800-662-2904
Corporación de Desarrollo Humano Multicultural
Línea Nacional para las Familias Emigrantes 1-800-234-8848
Centro de Control de Venenos 1-800-222-1222
Centro Nacional de Salud de Trabajadores 1-800-531-5120
Departamento de los Servicios Humanos y Salud 1-877-696-6775
Reporte de Crédito Annual 1-877-322-8228
Desempleo 1-877-725-9918
Departamento de Trabajo de los Estados Unidos 1-866-4-USA-DOL
Corte de la Renumeración de los Trabajadores 1-800-599-5155
Línea para Víctimas de Violencia Doméstica 1-800-799-7233
Nebraska Appleseed 1-800-845-3746
Centro de Ley para el Interés Público
Comisión Comercial Federal 1-877-382-4357
Línea de Robo de Identidad
Departamento del Desarrollo de Trabajadores 1-402-458-2500
de Nebraska
Centro Nacional de Leyes por Inmigración 1-213-639-3900
Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos
www.uscis.gov 1-800-375-5283
IRS Departamento de Impuestos 1-800-829-1040
HUD Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano 1-800-669-9777
Fundación de Fannie Mae 1-800-732-6643
Guías gratuitas de crédito y préstamos de casa
TABLA DE CONTENIDO
ARCHIVANDO QUEJAS………………………….…………………………………...…………4
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES AGRÍCOLAS…………........………………………...5
PESTICIDAS………………………………………..………………….…..……………...............6
SU SALUD EN EL CAMPO…………………………………………….……………...………....7
SUS DERECHOS PARA ACCEDER SERVICIOS MÉDICOS ……….………………..……….8
CUANDO TERMINA SU TRABAJO……………………….……………………..……………..9
DESEMPLEO……..……………………………………….…………………………..…………10
REMUNERACIÓN DE LOS TRABAJADORES……….………..……………………………..10
FORMULARIO I-9……………………………………….……………………………...............10
MANTENGA UNA CUENTA DE INFORMACIÓN DEL TRABAJO…….…………………..11
LEGAL AID OF NEBRASKA..……………………………..…………………………..……….12
LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Y LOS INMIGRANTES...…………..………………………..13
PLAN DE SEGURIDAD DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA ………………………..……….14
COMO ARCHIVAR UNA ORDEN DOMÉSTICA DE LA PROTECCIÓN DE ABUSO…..…15
ELEGIBILIDAD DE INMIGRANTES PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA……..……...…....16
INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE SUS IMPUESTOS……..…………...……………...17
NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN DEL CONTRIBUYENTE INDIVIDUAL…………...….....18
RENTANDO/COMPRANDO UNA CASA………………………………...……………............19
LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES “H-2A”…………………..……………………20
REGISTRANDO A SUS HIJOS EN LA ESCUELA………..…………………………………...21
Es posible que Legal Aid of Nebraska pueda ayudarle a presentar una queja si usted cree que sus derechos fueron violados acerca de:
· PESTICIDAS
· SALUD EN LOS CAMPOS
· VIVIENDAS INSEGURAS/ANTIHIGIÉNICAS
· OTRAS ACCIONES CIVILES
Por favor contacte la Línea de acceso® 1-877-250-2016
DISCRIMINACIÓN DE EMPLEO
Si quiere hacer una denuncia de discriminación, necesita ayuda para llenar el formulario I-9, ó si desea informarse sobre las leyes de protección del trabajador, póngase en contacto con la Oficina de Consejero Especial 1-800-255-7688.
ACCEDIENDO A SERVICIOS MÉDICOS
Si cree que sus derechos civiles fueron violados debido a la raza, el color, el origen nacional, la discapacidad, la edad, el sexo o la religión cuando estaba accediendo servicios médicos contacte a la oficina para los Derechos Civiles en el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (U.S. Dept. of Health & Human Services Office for Civil Rights).
En Nebraska, Missouri, Iowa y Kansas la oficina es el Región VII. Puede estar en contacto con ellos al:
601 12th St., Room 248
Kansas, MO 64106
1-800-368-1019
número de teléfono gratuito
1-816-426-3686 por fax
(TDD) al 1 (800) 537-7697
la línea telefónica gratuita para personas sordas
DISCRIMINACIÓN DE VIVIENDAS
Para archivar una queja con HUD llame 1-800-669-9777.
LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES AGRÍCOLAS
Legal Aid de Nebraska quiere ayudarle a beneficiarse completamente de su empleo. Por favor póngase en contacto con nosotros si usted piensa que le han pagado menos de lo debido o que le han tratado injustamente.
Apunte sus horas! Escriba todos los días las horas que cada miembro de la familia trabaja. Al final de cada día de trabajo, anote la hora que cada trabajador (usted, su cónyuge y sus hijos, si tiene) comenzó a trabajar y la hora que cada persona terminó el día de trabajo; también los descansos y horas de almuerzo. Si hay un conflicto con su pago, un record exacto va a ayudarle a recuperar su pago.
Salarios Mínimos: Todos los trabajadores del campo que son adultos deben de recibir al menos el salario mínimo. El corriente salario mínimo en Nebraska es $7.25 por hora. Aunque se le pague "por porción" (de cada caja o libra), su salario no puede bajar del salario mínimo por todas las horas que trabajó cada semana. Anote sus horas también cuando esté recibiendo pago por porción.
Debe de recibir su pago a tiempo si recoge cultivos: Usted debe recibir su pago al mínimo cada dos semanas, a menos que usted tenga un acuerdo por escrito con el patrón. Cada trabajador tiene que ser pagado con un cheque de pago separado – incluyendo los niños (los niños pueden trabajar con sus padres desde los 12 años si el trabajo no es peligroso y no toma lugar durante las horas de escuela).
Registro de las horas: En la mayoría de los campos, su patrón tiene que proveerle un registro de cuantas horas usted trabajó cada semana, cuantas porciones usted recogió (si se le paga por porción), y la cantidad que ganó cada hora y por cada porción. El patrón tiene que mantener registros separados por cada trabajador. Los niños que trabajan tienen que recibir pagos separados.
Impuestos: Su patrón tiene que descontar impuestos de su pago. Su patrón no puede sacar ningún otro dinero de su pago (por vivienda, utilidades, préstamos, etc.) a menos que ustedes tengan un acuerdo en escrito.
Labor de Niños: Los niños deben tener por lo menos 12 años para trabajar en los campos con sus padres. También tienen que tener 16 años para realizar trabajos peligrosos (por ejemplo trabajos con maquinas). Los niños de menos de 16 años normalmente no pueden trabajar durante las horas escolares.
Si ud. está lastimado: Si Ud. se ha lastimado en su trabajo, infórmele a su patrón lo antes posible y pregúntele si puede llevarle al hospital, la clínica o al proveedor de atención urgente más cercano. Si Ud. necesita atención médica o falta al trabajo porque fue lastimado en al trabajo, tal vez puede ser elegible para indemnización de trabajadores, sus costos médicos también deben ser pagados por el seguro de su patrón.
LOS PESTICIDAS: UN PELIGRO PARA SU SALUD
¿QUÉ SON LOS PESTICIDAS?
Los pesticidas son químicos utilizados para matar insectos. Estos químicos también pueden contaminar y envenenar el agua, la comida--¡hasta a usted y a sus hijos!
COMO PROTÉGERSE A SI MISMO Y A SUS FAMILIARES:
No se acerque ni a las áreas rociadas con pesticidas ni a los artículos que hayan tenido contacto con los pesticidas.
Lávese las manos para limpiarse completamente de los pesticidas, especialmente antes de fumar o comer.
Al llegar a casa, inmediatamente báñese y póngase ropa limpia.
Lave la ropa de trabajo por separado.
CÓMO SE SENTIRÁ SI RESULTA ENVENENADO POR PESTICIDAS:
Las síntomas de envenenamiento por pesticidas incluyen: irritación de la piel, irritación de los ojos, visión borrosa, náusea, respiración dificultosa, entumecimiento u hormigueo en los miembros.
Los efectos a largo plazo incluyen cáncer, defectos congénitos, o daño a los riñones, hígado o sistema nervioso.
SI TIENE CONTACTO CON PESTICIDAS:
Quítese la ropa y lávese el cuerpo con agua.
*Apunte el nombre del pesticida u obtenga una etiqueta con el nombre e información sobre el producto.
Vaya a la clínica/hospital más cercana tan pronto como le sea posible y dígale al doctor o a la enfermera que usted ha sido expuesto a pesticidas.
Si no puede ir al doctor, llame al Centro de Control de Venenos al 1-800-222-1222.
QUE DEBE HACER SU PATRÓN PARA PROTEGERLE:
Avisarle en donde se han aplicado los pesticidas y cuando se puede regresar sin riesgo de envenenarse.
Publicar una lista de los pesticidas que se han usado.
Proporcionar agua, jabón y toallas en los campos de trabajo.
Asegurarse que le den entrenamiento sobre pesticidas en su propio idioma.
Inmediatamente llevarle a la clínica u hospital más cercana si ha sido envenenado.
Su patrón no le puede castigar por haberse quejado sobre su seguridad respecto a los pesticidas.
ES SU DERECHO Y RESPONSABILIDAD:
¡Protégese a si mismo y a sus familiares del envenenamiento por pesticidas!
Insista en que el patrón lo proteja contra el envenenamiento por pesticidas. Quéjese si su patrón no cumple con sus responsabilidades de protegerlo.
*¡El reportar envenenamiento por pesticidas disminuye
el riesgo!
SU SALUD EN EL CAMPO
CONDICIONES SANITARIAS EN EL CAMPO
Su patrón tiene que proporcionar a todos los trabajadores del campo agua potable fresca, baños adecuados donde se pueda lavar las manos y que estén cerca de dónde trabaje.
El no cumplir con la ley para proveer baños, agua potable y con qué lavarse las manos cerca del lugar de trabajo es una violación de la ley federal y estatal, y puede recibir hasta $500 de multa por cada infracción.
AGUA EN LOS CAMPOS DE LABOR
El agua para tomar debe de ser:
Potable.
Proporcionada gratis por el patrón.
Colocada en lugares que estén disponible para todos los trabajadores.
Enfriada adecuadamente para colmar las necesidades de todos los empleados, tomando en cuenta la temperatura ambiental y la humedad.
Servida en vasos desechables o por medio de una fuente o grifo. Se prohíbe el uso de vasos comunes.
Guardada en un recipiente de agua que mantenga la pureza del agua, que se llene por lo menos una vez al día o con mayor frecuencia como sea necesario, y que esté tapado y limpiado regularmente.
Las instalaciones para lavarse las manos tienen que:
Estar limpias y desinfectadas.
Llenarse con agua potable como sea necesario.
Contar con jabón y toallas desechables.
Proveer una instalación por cada veinte (20) trabajadores.
Colocarse cerca de los baños.
Los baños en el campo/huerta de labor tienen que:
Estar disponibles, limpios, desinfectados y con suficiente papel higiénico.
Tener ventilación y tela metálica.
Ser construidos de manera que proteja la privacidad, con puertas que se cierran automáticamente con cerrojo interior.
Proveer un baño por cada veinte (20) trabajadores.
OPORTUNIDADES PARA IR AL BAÑO
El patrón que informarle a cada empleado donde están localizados los servicios sanitarios y darle suficiente oportunidad para:
Usar el agua y las instalaciones proporcionadas para tomar agua, lavarse las manos y eliminar los desechos corporales.
Tomar suficiente agua, especialmente en los días de calor.
Orinar frecuentemente como sea necesario.
Lavarse las manos antes y después de ir al baño.
Lavarse las manos antes de comer o fumar.
SUS DERECHOS PARA ACCEDER A SERVICIOS MÉDICOS
¿Tengo derecho a un intérprete? El Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos (HHS - The U.S.Department of Health and Human Services), enumera estos derechos en sus Estándares Nacionales para Servicios Culturales y Lingüísticos Apropiados en el Cuidado Médico (National Standards for Culturally and Linguistically Appropriate Services in Health Care). Bajo estos estándares, los pacientes/consumidores tienen una serie de derechos que las organizaciones del cuidado médico están obligadas a satisfacer, incluyendo los siguientes:
Ofrecer y proporcionar servicios de asistencia con el idioma, incluyendo personal bilingüe y servicio de intérpretes, sin ningún costo, para cada paciente/consumidor que tenga habilidad limitada para hablar Inglés. Estos servicios se proporcionarán cada vez que haya contacto con el paciente y de una manera oportuna durante todas las horas de operación.
Proporcionar al paciente/consumidor información verbal y escrita en su idioma nativo acerca de sus derechos a recibir servicios de asistencia en su idioma.
Asegurar la buena calidad de la ayuda que se proporciona con el idioma por medio de intérpretes y personal bilingüe para el paciente/consumidor que tiene habilidad limitada para hablar inglés. La familia y los amigos no deben ser utilizados para proporcionar servicios de interpretación (excepto a petición del paciente o consumidor).
Proporcionar materiales y poner letreros con información para el paciente que sean fáciles de entender y que estén en los idiomas comúnmente usados y/o de los grupos más representados en el área respectivo de servicios.
El idioma es un aspecto de su origen nacional, según La Oficina de Derechos Civiles de HHS. Y los receptores de fondos federales no pueden operar sus programas de tal manera que den lugar a discriminaciones por motivos de raza, color u origen nacional, acuerdo con el Título VI del Acto de Derechos Civiles de 1964.
¿Qué significa esto para mí? Esto significa que cualquier organización que recibe financiamiento federal está obligada a proporcionar el acceso a sus servicios en varios idiomas. Medicaid, Medicare, sus subsidios, y todas las subvenciones del Departamento de Salud y Servicios Humanos reciben fondos federales. Violaciones de estas normas incluyen la denegación de los servicios de interpretación o de traducción y son exigibles por ley de derechos civiles.
Su queja debe de:
1. Ser presentada por escrito, que sea en papel o por vía electrónica (por correo, fax o correo electrónico);
2. Nombrar el Centro de salud o el proveedor de servicios sociales y describir los actos u omisiones en los que cree usted que fueron violados sus derechos civiles o las leyes anti-discriminatorias; y
3. La queja debe ser presentada dentro de 180 días del suceso. OCR podrá ampliar el periodo de los 180 días si usted puede demostrar un "buen caso".
CUANDO TERMINA SU TRABAJO
¡Usted tiene derechos cuando termina su trabajo!
¿Le Ha Pasado Esto?
Ud. vive en un campo de emigrantes y es despedido ó deja de trabajar para el dueño del campo. El patrón le dice que su familia tiene que irse del campo inmediatamente (o les da sólo unos cuantos días para salir). O posiblemente el patrón le dice que no le va a pagar su último cheque hasta que Ud. haya salido del campo. A veces, el dueño le dice que la policía va a venir para desalojarlo a Ud. o a cerrar la vivienda con cerraduras diferentes.
Usted Tiene Derechos:
Ud. no está obligado a salir del campo a menos que el dueño consiga una “orden de la corte” (u orden de desalojo) firmada por un juez para desalojarles a Ud. y a su familia.
El dueño del campo no puede desalojarles sacando sus pertenencias a la calle, quitando la luz o el agua, o cambiando las cerraduras (o poniendo candado). Las agencias de policía saben que no pueden ayudar a un patrón a sacar a alguien de su vivienda a menos que el patrón tenga una orden de la corte.
El patrón no puede retener su cheque con el fin de forzarle a salir del campo.
Si Ud. pizca a mano, el patrón tiene que pagarle su último cheque al de un día (si lo despiden), o tres días (si Ud. renuncia a su trabajo). Pero si trabajaba en otra cosa, el patrón tiene que darle su último cheque a más tardar el próximo día de pago regular.
Si el patrón le prometió un bono, entonces él está obligado a pagarle todo lo prometido si Ud. ha cumplido con los términos del acuerdo de trabajo.
No importa que Ud. no pagué “renta”— la ley les protege a Ud. y su familia — aunque no pague en efectivo por la vivienda.
El trabajo de tipo “at will” (o sea, sin plazo o a la voluntad de ambas partes) significa que uno puede ser despedido sin que le expliquen la razón; sin embargo, normalmente no puede ser despedido por:
Razón de su raza, color, sexo, religión, origen nacional, edad o incapacidad.
Si se le ha prometido cierto tiempo de trabajo, una cierta cantidad de dinero (por contrato), si Ud. es un extranjero trabajando con un permiso de tipo “H-2A” o si es miembro de un sindicato o unión.
Si lo despidieron porque se quejó sobre su pago (si le pagaron menos del sueldo mínimo), condiciones de trabajo no permitidas por la ley o mal estado de las viviendas.
DOCUMENTACIÓN DE SU TRABAJO
¡Lo que es importante! Los documentos relacionados con su empleo son importantes, incluye todos sus talones de cheque o pago, reportes de sus horas (o unidades si es que trabaja por contrato), los contratos, los manuales de trabajo, reglas de trabajo, las formas W-2 y copias de todos los documentos que el patrón le hace firmar. Estos documentos son muy importantes para proteger sus derechos legales o para poder recibir otros beneficios en el futuro, tal como el desempleo. Además, es posible que estos documentos sirvan como constancia de historial de empleo de sus familiares, si es que hay un “programa de legalización” en el futuro.
DESEMPLEO
Si usted fue despedido,
tal vez puede ser elegible para beneficios de desempleo.
¿Sin empleo? El seguro de desempleo paga beneficios semanales a los trabajadores asegurados desempleados o que estén trabajando en horarios reducidos. Hay requisitos mínimos de ingresos para la elegibilidad para el desempleo. Usted también, debe de estar dispuesto a trabajar. Para comenzar o para abrir una demanda de desempleo llame al 1-402-458-2500. Usted debe llamar a este número para saber si el desempleo cubre a su patrón. El beneficio máximo actual es $318.00 por semana.
REMUNERACIÓN DE LOS TRABAJADORES
Accidente de trabajo Si Ud. esta lesionado en el trabajo debido a un accidente o una enfermedad causado por el trabajo, tal vez, usted pueda recibir remuneración de su patrón si usted no fue negligente a la hora de su lesión.
La remuneración incluye beneficios temporales en dos tercios de su salario semanal medio, conforme con una cantidad máxima. Si usted puede todavía trabajar, la remuneración esta calculada a dos tercios de la diferencia entre su viejo salario y su salario actual. El pago de la remuneración comienza solamente si usted está inhabilitado por lo menos siete días.
La remuneración también incluye servicios médicos, quirúrgicos, y del hospital. La remuneración también incluye los pagos para la inhabilidad permanente. La remuneración de los trabajadores cubre a la mayoría de los trabajadores, incluyendo gente que no son ciudadanos. Sin embargo, algunos patrones agrícolas son exentos del acto de la remuneración de los trabajadores. Informe a su patrón de su lesión de inmediato. Vaya al doctor a quien su patrón le mande. Si su patrón no le da beneficios usted debe llamar a la corte de la remuneración de los trabajadores de Nebraska al 1-(800)-599-5155.
FOMULARIO I-9
Al llenar el formulario I-9, el patrón no puede:
o Pedirle documentos particulares, ni rechazar documentos válidos que usted le presente
o Pedirle documentos solamente a personas con acento o que parezcan ser extranjeras, o que sean inmigrantes, que llenen el formulario I-9
o Rechazar documentos con fecha de vencimiento en el futuro
o Rechazar recibos de documentos válidos perdidos
Como empleado tiene el derecho a cuestionar al patrón en los siguientes
casos:
o El patrón le niega empleo o le despide porque usted habló con acento o parece ser extranjero, o basándose en su situación legal; o
o Le niega empleo o lo despide porque le pide hablar ingles a un nivel más
avanzado de lo necesario para hacer su trabajo.
MANTENGA UNA CUENTA DE SU INFORMACIÓN DEL TRABAJO
Nombre del Contratista ______________________________________
Dirección____________________________________________________
Nombre del Granjero_________________________________________
Dirección___________________________________________________
Tipo de Trabajo _____________________________________________
Ubicación del Trabajo________________________________________
Salario Total Recibido________________________________________
Nombre del Contratista ______________________________________
Dirección____________________________________________________
Nombre del Granjero_________________________________________
Dirección___________________________________________________
Tipo de Trabajo _____________________________________________
Ubicación del Trabajo ________________________________________
Salario Total Recibido________________________________________
Nombre del Contratista ______________________________________
Dirección____________________________________________________
Nombre del Granjero_________________________________________
Dirección___________________________________________________
Tipo de Trabajo _____________________________________________
Ubicación del Trabajo ________________________________________
Salario Total Recibido________________________________________
Legal Aid of Nebraska
SERVICIOS QUE OFRECEMOS
REFERENCIAS - CONSEJOS LEGALES - SERVICIOS BREVES-
REPRESENTACIÓN EXTENDIDA- EDUCACIÓN PARA LA COMUNIDAD
Para obtener ayuda o representación, su primer paso es llamar a la Línea de Acceso al 1-877-250-2016. Cuando llame a la Línea de Acceso, por favor tenga todos sus papeles acerca de su caso enfrente de usted. Si usted no es ciudadano tendrá que proveer pruebas de su estatus inmigratorio, si su caso es aceptado.
Legal Aid of Nebraska no proporciona representación en casos criminales. Si usted ha sido acusado de un crimen y necesita un abogado, por favor llame a la oficina local del defensor público. No proporcionamos representación si usted esta encarcelado y necesita un abogado, incluso para temas que no sean criminales. No proporcionamos representación en casos de indemnización de trabajadores, reclamaciones de lesiones personales o cualquier caso donde un abogado privado pueda recibir ó generar ingresos. Para esos tipos de casos usted debería llamar a un abogado privado en su área.
Legal Aid of Nebraska sirve a la gente de bajos ingresos. Para calificar, su ingreso anual total antes de los impuestos no puede ser más que:
$13.538 por una familia de una persona
$18.213 por una familia de dos personas
$22.888 por una familia de tres personas
$27.563 por una familia de cuatro personas
$32.238 por una familia de cinco personas
$36.913 por una familia de seis personas
$41.588 por una familia de siete personas
$46.263 por una familia de ocho personas
$4.675 más por cada persona más de ocho.
Si su ingreso excede ligeramente estas cantidades, tal vez todavía pueda calificar para nuestros servicios porque podemos usar unos descuentos de su ingreso. Si su caso es aceptado, usted necesitará proveer pruebas de su ingreso. Si está llamando acerca de Ingresos de Seguro Social, Medicaid, TANF o del programa de estampillas de comida, tal vez usen guías de ingreso diferentes.
LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Y LOS INMIGRANTES
¿Qué es “la violencia doméstica”? La violencia doméstica es un tipo de abuso en que una persona utiliza varios métodos o tácticas abusivas, con el propósito de dominar y controlar a otra persona. Muchas personas creen que “la violencia doméstica” significa abuso físico, pero la verdad es que también incluye otras formas de abuso, inclusive amenazas, aislamiento, abuso emocional o verbal y relaciones sexuales no consentidas. Y aunque la mayoría de las víctimas de violencia doméstica son mujeres, los hombres también pueden ser víctimas.
¿Cómo afecta la violencia doméstica a los inmigrantes? Si Ud. no es ciudadano(a), algunas formas de abuso pueden ser únicas en su situación. Pero las formas de abuso más comunes son:
Su abusador...
Amenaza con deportarlo(a)
Esconde o destruye documentos importantes
Amenaza con quitarle sus hijos
Se niega a arreglar sus papeles de inmigración
¿Debo llamar a la policía? ¡Si Ud. está en peligro, salga de inmediato y marque 911, la línea de emergencia! Si Ud. está en peligro pero no puede salir, marque 911. La policía le acompañará a Ud. y a sus hijos a un refugio u otro lugar seguro, si es que quieren salir.
¿Qué hago si mi cónyuge o pareja está abusando de mí? En cada comunidad hay ayuda para los inmigrantes que son víctimas de relaciones abusivas. La mayoría de comunidades tienen refugios para víctimas de violencia doméstica. Allí le dan hospedaje temporal, asesoría o ayuda en asuntos o problemas legales. Para información sobre el refugio en su localidad, llame al 1-800-799-7233, la Línea Nacional de la Violencia Doméstica. Con mucho gusto le darán información. Se habla español, así como otros idiomas.
¿Qué hago si no tengo papeles de inmigración?
Ud. tiene derechos aunque no tenga documentos de inmigración. Entre ellos el derecho de llevar una vida libre de violencia. Su estatus migratorio no debe importarle a la policía. Ud. debe llamar a la policía si necesita auxilio o ayuda de ellos. Aunque Ud. no posea un estado legal migratorio (papeles legales), Ud. podría pedir un divorcio y custodia de sus hijos en una corte de los Estados Unidos.
¿Hay peticiones especiales para inmigrantes cuando son víctimas de violencia domésticas?
Si Ud. o sus hijos han sido abusados de alguna forma por su cónyuge, Y si él es un ciudadano estadounidense o residente legal, es posible que Ud. sea elegible para residencia legal bajo la ley de inmigración. La Ley Contra la Violencia hacia la Mujer (VAWA) podría ayudarle a Ud. y a sus hijos a obtener una petición propia (para Ud.)—sin el apoyo o ayuda de la persona abusiva para que reciba la residencia permanente y el permiso de trabajo.
Si Ud. no está casada o su esposo no tiene un estatus legal definido (residente legal o ciudadano), y es Ud. víctima de violencia doméstica, podría calificar para obtener ayuda migratoria bajo otras leyes. Por ejemplo, la Visa U es una visa nueva para las víctimas de ciertos tipos de crímenes si la víctima respalda a la policía o al abogado para investigar el caso y si la víctima ha sufrido daño físico o emocional substancial como resultado del crimen.
¿Qué hago si soy ciudadana, residente legal, refugiada o asilada?
Su ciudadanía estadounidense, residencia permanente o estado como refugiada o asilada no cambiará si Ud. abandona una relación abusiva o inicia un divorcio con una persona abusiva. Ud. ya tiene estatus legal; su abusador no tiene el poder de causar que Ud. sea deportada por Inmigración. Si se le venciera su tarjeta de residencia en dos años, Ud. debe hablar con un abogado de inmigración inmediatamente.
PLAN DE SEGURIDAD DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA
Cuando deja una relación abusiva, una víctima de la violencia doméstica debe tener un plan de seguridad. Comience a llegar a ser financieramente independiente. Abra sus ahorros o cuenta de comprobación en un banco diferente a la del abusador.
Identifique a alguien en quien usted puede confiar para apoyarle cuando usted se prepara para irse o alguien con quien pueda quedarse. Guarde siempre el número de teléfono de la Línea Directa de Violencia Doméstica Nacional 1-800-799-7233 o en Nebraska llame al 1-800-876-6238, los otros números de emergencia y cambio para una llamada telefónica o una tarjeta para el teléfono.
Tenga un bolso preparado con un poco de dinero, llaves, medicina, ropa, artículos personales de cuidado y copias de documentos importantes y déjelos con alguien de confianza. Algunos documentos importantes para recordar serían documentos de la corte, partidas de nacimiento, pasaportes, tarjetas de identificación, tarjetas de Seguridad Social, expedientes médicos, papeles de inmigración, VISA, permiso de trabajo, libros de banco, documentación pública de ayuda, declaraciones de impuestos, talones de paga, información de préstamo, registro del carro, papeles del seguro, y fotos de usted, sus niños, y del abusador.
Cuando salga de la casa, si le están amenazando o le están atacando, llame al 911 inmediatamente. También, permanezca lejos de los cuartos que puedan tener posibles armas como la cocina. Permanezca lejos de las áreas del hogar en donde usted podría ser atrapado como un cuarto de baño o un ropero. Consiga un cuarto con una puerta o una ventana. Entre en contacto con su persona de confianza, cuando llegue la policía dígales lo qué sucedió y consiga su nombre y número de la placa de policía.
COMO SOLICITAR UNA ORDEN
DE PROTECCIÓN POR ABUSO DOMÉSTICO
¿Qué es una Orden de Protección por Abuso Doméstico? Una orden de protección es una orden de un juez que protege a una persona contra abuso o hostigamiento. No hay costo para solicitar una orden de protección. Una orden de protección por abuso es para la gente que ha estado en relaciones cercanas, tales como, esposos, otros allegados o alguien con el que usted pudo haber estado implicado en el pasado. Se conceden las órdenes porque alguien lo ha amenazado, le causo lesión corporal, o intimido a la otra persona por amenaza física.
¿Cómo puedo solicitar una Orden de Protección? Para conseguir los formularios acérquese a la corte local del distrito o llame directamente al teléfono de violencia doméstica 1-800-876-6238. La corte no le puede dar asesoramiento jurídico, pero usted puede llamar a la Línea Acceso de Los Servicios Legales de Nebraska al 1-877-250-2016 para ver si usted califica por nuestra ayuda. Aunque la otra persona puede recibir las copias de todos los formularios que usted llenó, usted puede solicitar una dirección confidencial.
¿Qué es una Orden “Ex Parte” ? Una vez que se llenen los formularios, el juez puede firmar la orden "Ex parte," que significa que fue emitida sin una audiencia y antes de que la otra persona reciba el aviso. La Corte formalizará la solicitud de la Orden de Protección y citará una audiencia, donde las dos partes podrán presentar pruebas. En la audiencia, el juez decidirá cancelar la orden o continuarla por un año. Si usted no asiste a la audiencia el juez puede decidir despedir el caso.
¿Cómo me preparo para la audiencia? Traiga cualquier prueba del abuso y/o hostigamiento a la audiencia, tal como fotos de lesiones, las notas amenazadoras, los correos electrónicos o los mensajes telefónicos, y testigos del abuso. Si usted tiene niños con la persona de la cual usted está buscando protección y se presentó una petición de custodia, describa cómo el abuso ha afectado a sus niños. Usted también puede conseguir una orden para custodia temporal con la orden de la protección.
¿Cuánto tiempo dura una orden de protección? La orden no está en efecto hasta que la otra persona reciba una copia del sheriff o del ayudante del sheriff. Dura por un año al menos que el juez decida algo diferente. Lleve una copia de la orden con usted siempre y si la otra persona viola la orden, llame a la policía inmediatamente.
ELEGIBILIDAD DE INMIGRANTES
PARA LOS BENEFICIOS PÚBLICOS
¿Califico? Solamente los inmigrantes "calificados" son elegibles para los beneficios públicos. Los inmigrantes "calificados" son:
- Residentes permanentes legales (LPRs);
- Refugiados, asilados, personas a quienes se les ha concedido la cancelación de una orden de deportación, entrada condicional (en efecto antes del 1 de abril del 1980), o libertad condicional en los ESTADOS UNIDOS hace por lo menos un año;
- Cubanos/Haitianos; que han ingresado al país
- Esposos/as y niños maltratados con (a) una petición pendiente o aprobada para una visa inmigrante, o (b) una petición de visa para un esposo/a o un niño por un ciudadano de los ESTADOS UNIDOS o un LPR, o (c) una aplicación de cancelación o eliminación de una orden de deportación, cuyo beneficio se haya otorgado por una situación de maltrato o crueldad. Padres/Hijos víctimas de maltrato, hijo/esposo(a) maltratados, también "califican.". Las víctimas de tráfico (quiénes no se incluyen en la definición inmigrante "calificada") y sus beneficiarios derivados son elegibles para los benéficos financiados o administrados por las agencias federales, sin consideración alguna hacia su estado de la inmigración. Los inmigrantes no cualificados incluyen a todos los que no son ciudadanos que no entran bajo categorías inmigrantes "cualificadas".
Antes del 22 de agosto del 1996 Los inmigrantes calificados que entraron a los ESTADOS UNIDOS antes del 22 de agosto del 1996 son elegibles para la ayuda temporal para las familias necesitadas (TANF), ayuda de emergencia Medicaid, el Full Scope ( cobertura total) Medicaid, programa del seguro médico de niños del estado (SCHIP), y Seguro de enfermedad "Premium" gratuito parte A . También pueden calificar para las estampillas del alimento y la prima" Buy In" de Medicare.
Después del 22 de agosto del 1996 Los inmigrantes calificados quienes entraron a los ESTADOS UNIDOS después del 22 de agosto del 1996 son elegibles para la ayuda de emergencia Medicaid y Seguro de enfermedad “Premium” gratuito parte A . Pueden también calificar para las estampillas del alimento, TANF, el “Full Scope” ( cobertura total) Medicaid , SCHIP, y la prima“ Buy In” de Medicare.
Los inmigrantes no calificados son elegibles para la ayuda de emergencia medica Medicaid. Las víctimas de tráfico pueden también calificar para las estampillas del alimento, TANF, el “Full Scope” ( cobertura total) Medicaid, y/o SCHIP. Los inmigrantes legales pueden ser elegibles para Seguro de enfermedad “Premium” gratuito parte A basado en el empleo autorizado.
INFORAMACIÓN IMPORTANTE
SOBRE SUS IMPUESTOS
Aviso:
¡Si recibe una carta del IRS, consulte con un abogado de inmediato!
¿Por qué debo pagar impuestos de los EEUU? Aunque no tenga permiso para trabajar en los Estados Unidos, debe pagar los impuestos sobre lo que gana y debe guardar copias de sus declaraciones. El no pagar sus impuestos podría excluirle de ciertas formas de defensa contra la deportación o de la residencia legal por medio de legislación propuesta de “amnistía.” Además, podría quitarle la oportunidad de hacerse ciudadano americano o de traer a sus familiares a los Estados Unidos.
¿Cómo pago los impuestos si no tengo número de Seguro Social válido? Si está trabajando sin autorización, debe de solicitar un Número de Identificación de Contribuyente (ITIN), pidiéndolo al IRS, para así poder hacer su declaración (o sea, reporte) de impuestos. Quien no califique para un número de Seguro Social puede pedir un ITIN para que haga su reporte de impuestos o para que sea incluida en la declaración de otra persona, pero no son válidos los ITIN para trabajar. La solicitud para un ITIN es gratis. Tiene que someter la solicitud para el ITIN junto con su declaración de impuestos. Le recomendamos que presente su solicitud del ITIN y declaración de impuestos en persona a la oficina más cercana del IRS en Nebraska; si no, tendrá que enviar sus documentos de identificación por correo. Es la practica del IRS de no intercambiar información con la oficina de inmigración. Si algún funcionario del IRS le hace preguntas a Ud. (o a sus familiares) acerca de inmigración que lo hacen sentir incómodo, retírese y comuníquese con un abogado inmediatamente.
Yo estoy en el país legalmente, pero mi esposo(a) e hijos no tienen números de Seguro Social. ¿Cómo puedo reportarlos en mis impuestos? Ellos deben solicitar un ITIN al IRS. Nunca anote un número de Seguro Social falso en su reporte de impuestos.
Mi esposo(a) no tiene número de Seguro Social. ¿Debería de reportar como “Head of Household” (cabeza de familia)? ¡NO! El IRS dirá que está cometiendo fraude si se reporta como Cabeza de Familia cuando está casado(a) y vive con su esposo(a). La ley dice que si es casado(a) y ha vivido con su esposo(a) durante los últimos 6 meses del año, Ud. tiene que reportarse junto con su esposo(a) o reportarse como “Married Filing Separately” (clasificación de casado reportando por separado).
IMPUESTOS CONT…
¿Qué es el “Earned Income Credit” (EIC) (o sea, el Crédito por Ingreso de Trabajo) y cómo califico para recibirlo? El crédito por ingreso de trabajo (EIC) es un crédito para trabajadores individuales y familias. Las familias que califican pueden recibir un reembolso de hasta $4,824. Para recibir el EIC, sus hijos tienen que haber vivido con Ud. por lo menos 6 meses del año contributivo. Además, su esposo(a) e hijos que soliciten el crédito deben tener números de Seguro Social y tener estatus migratorio que los permite trabajar en los Estados Unidos. No calificará para el EIC si Ud. o ellos tienen solamente un número de ITIN.
Mi esposo(a) e hijos no tienen Números de Seguro Social con que pueden trabajar. ¿Por qué deben obtener un ITIN si yo no califico para el EIC? Porque puede recibir un reembolso más grande. Aún puede reclamar a sus hijos como dependientes, y tal vez califique para otros créditos como el Crédito de Impuestos de Niños.
Preparación de Declaraciones de Impuestos--¡Gratis! El IRS ha decretado que un contribuyente con ingresos anuales de menos de $54,000 puede presentar su reporte electrónicamente sin costo. Llámenos si necesita ayuda para buscar un servicio gratuito. Si acude con un preparador comercial, no opte por un “Reembolso Rápido al Instante.” ¡Estos no son reembolsos! Al contrario, ¡son préstamos del preparador con altas tasas de interés! Cuando llegue el verdadero reembolso del IRS, el preparador se quedará con gran parte del reembolso para pagar el préstamo.
ITIN
Número de identificación del contribuyente individual
El ITIN es el número de identificación de contribuyente individual, este número de nueve dígitos es usado para registrar la declaración de impuestos de las personas que no tienen número de seguro social.
Para su uso usted debe tomar en cuenta que:
▪ Este número no lo autoriza a trabajar en Estados Unidos.
▪ No le cambiara su estatus migratorio ni lo hará elegible para beneficios del Seguro Social.
▪ Solo podrá solicitar el ITIN si no tiene Seguro Social.
▪ Si su cónyuge o dependiente no tiene Seguro Social, también deben solicitar un ITIN.
Para solicitar un ITIN, usted debe registrar una Forma W-7. La cual puede encontrar en el centro de ayuda local del IRS o por correo enviándola por correo al International Revenue Service Austin Service Center, ITIN Operation , P.O. BOX 149342 Austin, TX 78714-9342.
El IRS tardará aproximadamente cuatro semanas para responder, usted recibirá el ITIN en una carta.
Si después de seis semanas no ha recibido una respuesta usted puede llamar gratis al 1-800-829-1040.
RENTANDO UNA CASA…
Si usted está intentando alquilar una vivienda, usted no puede ser discriminado de ninguna de las siguientes formas:
Se niegan a rentarle, venderle o negociar sobre la vivienda
Hacer que la vivienda sea inasequible
Se le niegue la vivienda
Se le ofrecen diferentes términos, condiciones o privilegios para negociar o rentar una vivienda
Se le proporcionen diferentes servicios en la vivienda o sus instalaciones
Se le niegue que la vivienda esté disponible para la inspección, la venta, o el alquiler
Se le convence a los dueños o vecinos del área que el vender o alquilar sus viviendas resultará en una caída de precios por la presencia de otros grupos étnicos o razas en el vecindario
Se le niega a la persona el acceso o el estatus de miembro en los servicios de un club o asociación (por ejemplo el uso de un servicio de listado múltiple) relacionado con la venta o el alquiler de la vivienda
Si usted está rentando una casa en Nebraska, el dueño no puede:
Impedir entrar a usted a su vivienda
Entrar en la casa sin su autorización.
Cortar los servicios públicos.
Negarse a la reparación de los aparatos electrodomésticos, si están incluidos en el alquiler.
COMPRANDO UNA CASA…
Si usted está intentando comprar una casa, usted no puede ser discriminado de ninguna de las siguientes formas:
Se le niegue el poder solicitar un préstamo hipotecario.
Se le niegue la información con respecto a préstamos.
Se le imponen diferentes términos o condiciones en un préstamo normal, tal como diversos tipos de interés, puntos o tarifas.
Se le discrimina en el avaluó de la propiedad.
Se le niega el poder obtener un préstamo.
Se le fijan diferentes términos o condiciones para la adquisición de un préstamo.
LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES “H-2A”
“H-2A” es el nombre del programa que permite a los empleadores agrícolas de EEUU contratar trabajadores agrícolas de otros países con contrato temporal. Los trabajadores extranjeros que ingresan a EEUU con una visa H2A tienen numerosos derechos que son protegidos bajo la ley de EEUU.
Los Derechos y la Protección para todos los Trabajadores:
- recibir una copia de su contrato de trabajo, en el idioma que usted habla;
- que se le pague al menos dos veces al mes;
- que se le pague al menos 75% de las horas prometidas en el contrato, aun si termina trabajando menos horas;
- recibir vivienda gratis en la localidad indicada en el contrato por escrito (a menos que su residencia permanente se
- encuentre cerca de donde va a estar trabajando);
- recibir tres comidas al día o que se le proporcione
- instalaciones gratis para cocinar;
- obtener transporte gratuito todos los días, en un vehículo seguro, de su vivienda al lugar de trabajo;
- recibir atención médica y salarios por tiempo perdido debido a lesiones y enfermedades ocasionadas en el trabajo;
- rehusarse a trabajar mas horas que las acordadas en el contrato por día o semana;
- no ser discriminado o despedido si presenta una demanda o ayuda a alguien con la demanda en relación a posibles violaciones;
- recibir una declaración de ingresos indicando horas de trabajo, horas rechazadas, pago por cada clase de cosecha, y base de pago (por hora o por pieza);
- El empleador no debe de descontar de su cheque gastos de vivienda, transportación, herramientas, o costos de contratación o procesamiento de visa.
Protecciones para los Trabajadores Extranjeros:
Su empleador no debe de quitarle su pasaporte, visa, o identificación.
Debe recibir una copia de su contrato de trabajo antes de llegar a los EEUU.
Su empleador tiene que rembolsar gastos hechos para procesar la visa y el viaje de su casa a EEUU.
¡Los cargos de reclutamiento son ilegales! Si Ud. pagó cargos a un contratista en su país, su empleador tiene que reembolsarle los cargos pagados.
Al concluir el contrato de trabajo, el empleador tiene que cubrir los gastos de comida y transporte de regreso a casa.
REGISTRANDO A SUS HIJOS EN LA ESCUELA
Todos los niños que viven en los Estados Unidos tienen derecho a la educación pública gratis. Este derecho aplica a todos, que sean ciudadanos, residentes permanentes, o no tengan documentos. Tampoco importa el estado de inmigración de los padres. El derecho a la educación aplica a todos los niños por iguales.
Ya que la situación de inmigración de los hijos no importa para el derecho a educación, preguntas o requisitos de documentos de inmigración son prohibidas. Esto quiere decir que las escuelas no pueden requerir o pedir a los estudiantes o padres documentos de
inmigración como: visa, pasaporte, tarjeta de residencia, seguro social, u otro documento que tenga que ver con su ciudadanía o estado de inmigración.
Las escuelas a veces piden el número de seguro social del estudiante. Aunque le pregunten por esto, no se les debe requerir que tengan uno. Proveerles con el número es voluntario. Su hijo/a puede participar en el programa de almuerzo gratis aun cuando no tenga un número de seguro social.
Las escuelas le pueden requerir lo siguiente:
Prueba de edad: las escuelas regularmente les piden el certificado de nacimiento para determinar la edad de su hijo/a. Si no tiene uno, la escuela debe permitir que usted presente otra clase de documento para comprobar su edad, como certificado de bautizo, una declaración jurada que verifique la edad de su hijo/a u otrodocumento.
Prueba de residencia dentro del distrito escolar: su hijo/a tiene derecho a educación pública en el distrito escolar donde vive. Usted puede comprobar esto con los recibos de utilidades, renta, comprobantes de trabajo, etc. NOTA: Esta “residencia” que la escuela requiere es completamente diferente a la residencia de inmigración.
Pruebas de inmunización: las escuelas requieren que todos los estudiantes estén vacunados para prevenir que se contagie a otros estudiantes con alguna enfermedad. El no presentar prueba de vacunación, es una de las razones que tiene las escuelas para retrasar el registro de su hijo/a en la escuela. Existen clínicas en la comunidad que provén las vacunas a no costo o costo bajo. Si necesita asistencia, pídale a la escuela a que le refiera a una clínica.
Departamento de Educación de Nebraska
1-402-471-2295
Para información sobre el departamento de salud en su area contacte al:
Departamento de Salud y Servicios Humanos de Nebraska
1-402-471-2353
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